Cristóbal Arteta Ripoll.
Las universidades públicas toman, en determinados momentos de su historia, decisiones que comprometen su destino durante varias décadas. La definición de una nueva planta profesoral constituye una de ellas. No se trata simplemente de proveer vacantes ni de cumplir un procedimiento administrativo; se trata de decidir qué universidad se quiere construir para las generaciones futuras.
El concurso público de méritos representa una de las mayores conquistas de la educación superior colombiana. Gracias a él, el acceso a la carrera profesoral debe descansar en la excelencia académica y no en el favoritismo, el clientelismo o las afinidades políticas. Sin embargo, el mérito comienza mucho antes de la evaluación de los candidatos. Empieza en la forma como la propia universidad concibe, diseña y justifica el concurso.
Una convocatoria elaborada sin una reflexión académica suficiente puede terminar desnaturalizando el principio que pretende proteger. No basta con que el procedimiento sea formalmente transparente; es indispensable que los perfiles convocados respondan a las verdaderas necesidades de los programas, a los proyectos de investigación institucionales, a los procesos de acreditación y a la misión estratégica de la universidad.
En este punto resulta particularmente ilustrativa la metáfora del lecho de Procusto. En la tradición griega, Procusto obligaba a todos los viajeros a ajustarse a una cama de tamaño único: quienes eran demasiado altos eran mutilados; quienes eran demasiado bajos eran estirados por la fuerza. El problema no era la existencia de la cama, sino la pretensión de convertirla en una medida universal.
Algo semejante puede ocurrir cuando los perfiles docentes se diseñan desde criterios rígidos o coyunturales, obligando a la realidad académica a adaptarse a decisiones previamente tomadas. La lógica debería ser exactamente la inversa: son los perfiles los que deben surgir del análisis riguroso de las necesidades reales de cada departamento y de cada programa académico.
En una universidad pública, la planeación constituye una exigencia ética además de jurídica. La Constitución Política impone a toda la administración pública actuar conforme a los principios de eficacia, transparencia y planeación. La Ley 30 de 1992 reconoce la autonomía universitaria, pero esa autonomía no puede confundirse con discrecionalidad absoluta. La autonomía encuentra su legitimidad en la capacidad institucional para tomar decisiones racionales, motivadas y orientadas al interés general de la educación superior.
Por ello, antes de convocar un concurso de esta magnitud deberían existir diagnósticos académicos sólidos: estudios de necesidades docentes, análisis de las líneas de investigación estratégicas, evaluación de los procesos de acreditación, consulta a departamentos, comités curriculares y consejos de facultad, así como una visión compartida sobre el modelo de universidad que se aspira a consolidar.
La coyuntura nunca puede convertirse en el criterio rector de una decisión estructural. Los cambios de rector, de gobierno nacional o de autoridades universitarias son acontecimientos transitorios. En contraste, los profesores que ingresen mediante un concurso de carrera probablemente permanecerán vinculados durante veinte o treinta años, formando generaciones de profesionales, orientando investigaciones y definiendo el rumbo intelectual de la institución.
Precisamente por esa razón, la Universidad del Atlántico debe preguntarse si los perfiles convocados representan realmente los desafíos científicos, tecnológicos, humanísticos y culturales del Caribe colombiano, o si responden principalmente a circunstancias administrativas de corto plazo. Esa pregunta no pretende deslegitimar el concurso; por el contrario, busca fortalecerlo.
La calidad universitaria no depende únicamente de seleccionar a los mejores candidatos. Depende también de haber formulado correctamente las preguntas que dieron origen al concurso. Un excelente profesor elegido para un perfil mal concebido no resuelve el problema institucional; simplemente consolida una planificación deficiente.
La Universidad del Atlántico ha construido, durante décadas, un patrimonio intelectual que la convierte en una de las instituciones públicas más importantes del Caribe colombiano. Esa tradición exige que las decisiones sobre la planta profesoral sean fruto de un amplio consenso académico, sustentado en evidencia, deliberación y visión estratégica.
El verdadero mérito no consiste únicamente en escoger a los mejores profesores. Consiste, antes que nada, en tener la sabiduría institucional para definir cuáles son los profesores que la universidad necesita para afrontar los desafíos del siglo XXI. Allí comienza la auténtica excelencia universitaria.
La universidad no se improvisa: una reflexión filosófica sobre el mérito, la planeación y el futuro institucional.
Toda gran universidad es, antes que una organización administrativa, una comunidad espiritual. Sus profesores no constituyen simplemente una nómina de empleados públicos; representan la memoria intelectual de una sociedad y la posibilidad de construir su futuro. Por ello, toda decisión relacionada con la conformación de la planta profesoral posee una dimensión filosófica que trasciende la simple gestión administrativa.
Wilhelm von Humboldt, arquitecto del modelo moderno de universidad, concebía la institución universitaria como el espacio donde la investigación y la docencia forman una unidad inseparable. El profesor universitario no transmite únicamente conocimientos ya establecidos; participa activamente en la creación del saber. Desde esa perspectiva, la selección de los docentes no puede reducirse al cumplimiento de un procedimiento formal. Debe responder a un proyecto científico y cultural previamente pensado por la institución.
José Ortega y Gasset, en Misión de la Universidad, advirtió que la universidad pierde su razón de ser cuando olvida preguntarse para qué existe. Su misión consiste en formar profesionales competentes, cultivar la ciencia y transmitir la cultura de su tiempo. Ninguna de estas tareas puede desarrollarse satisfactoriamente si la universidad define su planta profesoral únicamente en función de urgencias administrativas o de coyunturas pasajeras. El verdadero criterio debe ser la misión institucional y la responsabilidad histórica con la sociedad.
Karl Jaspers profundizó aún más esta idea al sostener que la universidad es una comunidad de investigadores y estudiantes unidos por la búsqueda de la verdad. Esa búsqueda exige libertad, deliberación y autonomía responsable. La autonomía universitaria no puede entenderse como la facultad de decidir arbitrariamente, sino como la obligación de decidir mejor, con mayor racionalidad, más deliberación y una visión de largo plazo.
Estas reflexiones permiten comprender que el principio del mérito posee una doble dimensión. La primera consiste en seleccionar a los mejores candidatos. La segunda, muchas veces olvidada, exige que la propia universidad actúe con mérito al diseñar el concurso. Una institución que no planea rigurosamente los perfiles que convoca termina debilitando el mismo principio que pretende proteger.
En este contexto cobra sentido la metáfora del lecho de Procusto. Procusto obligaba a todos los viajeros a ajustarse a una medida previamente establecida, sin importar la riqueza de sus diferencias. Del mismo modo, un concurso cuyos perfiles no nacen de un estudio serio de las necesidades académicas corre el riesgo de imponer un molde rígido a la complejidad de la vida universitaria. La universidad deja entonces de pensar su futuro para limitarse a acomodar la realidad a decisiones previamente adoptadas.
La verdadera excelencia universitaria exige el camino contrario. Son las necesidades del conocimiento, las demandas de la investigación, los procesos de acreditación, las transformaciones del Caribe colombiano y los retos de la sociedad contemporánea los que deben orientar la definición de las plazas docentes. No se trata simplemente de llenar vacantes; se trata de construir el rostro intelectual que la universidad tendrá durante las próximas décadas.
Por ello, un concurso de méritos no puede medirse únicamente por la transparencia de sus etapas o por la idoneidad de sus jurados. Debe evaluarse también por la calidad de la reflexión institucional que lo precedió. La pregunta decisiva no es solamente quiénes obtendrán los mejores puntajes. La pregunta verdaderamente filosófica es si la universidad ha pensado con suficiente profundidad qué profesores necesita para realizar su misión histórica.
Las administraciones universitarias son transitorias; la universidad permanece. Los rectores cambian, los gobiernos pasan, las coyunturas políticas desaparecen. En cambio, los profesores que ingresan hoy a la carrera académica formarán estudiantes, dirigirán investigaciones y producirán conocimiento durante veinte o treinta años. En ellos se deposita una parte esencial del futuro de la institución.
Por eso, el mayor acto de responsabilidad universitaria consiste en comprender que el mérito comienza mucho antes del concurso. Empieza cuando la universidad se atreve a pensar críticamente sobre sí misma y a definir, con serenidad, participación académica y visión estratégica, el proyecto intelectual que desea legar a las generaciones futura,
Barranquilla, 30 de junio de 2026
Deja una respuesta